Lista de Feriados de Pago Obligatorio Costa Rica en 2024. Conforme con Circular Oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: (OFP-MTSS-DAJ-AER-369-2024)

Tabla de Contenido

Derechos de los Trabajadores Costarricenses sobre los Feriados en 2024

En Costa Rica, el derecho a los feriados laborales y su pago son temas importantes que afectan directamente a los trabajadores y trabajadoras del país. Le explicamos de manera clara y sencilla cómo funcionan los días feriados, cómo se pagan y qué derechos tiene cada trabajador en relación con estos días especiales, de acuerdo con el Código de Trabajo.

¿Qué Son los Días Feriados y Cómo Funcionan?

Los días feriados son aquellos que la ley establece para el descanso de los trabajadores, en conmemoración de eventos históricos, religiosos o culturales importantes. En estos días, los trabajadores tienen derecho a descansar sin perder su salario. Según el artículo 147 del Código de Trabajo, los feriados son considerados días no hábiles para el trabajo, excepto aquellos autorizados específicamente.

El disfrute de los días feriados no está sujeto a negociación. Esto quiere decir que ningún trabajador está obligado a trabajar en un feriado si no desea hacerlo, y si decide no trabajar, el empleador no puede aplicar ningún tipo de sanciones. Esta protección aplica a cualquier tipo de empresa, ya sea nacional, transnacional o internacional, siempre y cuando tenga operaciones en Costa Rica.

Feriados de Pago Obligatorio Costa Rica en 2024   

Los feriados en Costa Rica se clasifican en dos tipos: los de pago obligatorio y los de pago no obligatorio.

  • Feriados de Pago Obligatorio: Estos son los feriados en los cuales el empleador debe pagar un día extra al trabajador. 
  • Feriados de Pago No Obligatorio: Estos feriados solo se pagan si el trabajador labora ese día. 

Cómo saber si es feriado obligatorio o no? A continuación el detalle de los mismos:

FECHA

DÍA DE DISFRUTE

APLICACIÓN DE PAGO

1 de Enero

Lunes

de pago obligatorio

28 de Marzo

Jeves Santo

de pago obligatorio

29 de Marzo

Viernes Santo

de pago obligatorio

11 de Abril

Se traslada al Lunes 15 de Abril

de pago obligatorio

1 de Mayo

Miércoles

de pago obligatorio

25 de Julio

Jueves

de pago obligatorio

 2 de Agosto

Viernes

de pago no obligatorio

15 de Agosto

Jueves

de pago obligatorio

31 de Agosto

Sábado

de pago no obligatorio

15 de Septiembre

Domingo

de pago obligatorio

1 de Diciembre

Domingo

de pago no obligatorio

25 de Diciembre

Miércoles

de pago obligatorio

Convenios para Renunciar a Feriados: Nulos por Ley

Cualquier intento por parte de un empleador de hacer que un trabajador renuncie a su derecho a descansar en los días feriados está considerado como ilegal y, por lo tanto, nulo. El artículo 11 del Código de Trabajo establece claramente que cualquier convenio que busque limitar o eliminar el derecho a disfrutar de los feriados no tiene validez. Esto significa que, aunque un trabajador firme un acuerdo para renunciar a un feriado, dicho acuerdo no tendrá efecto legal.

Excepciones para Trabajar en Días Feriados

Aunque en general los trabajadores tienen derecho a descansar en los días feriados, existen algunas excepciones. Los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo establecen que ciertos centros de trabajo y actividades pueden operar durante los feriados. Estas excepciones suelen incluir actividades esenciales como servicios de salud, seguridad, turismo, y otras actividades que por su naturaleza requieren continuar operando sin interrupciones.

Modalidades de Pago durante los Días Feriados

El pago de los días feriados depende de la modalidad de pago que tenga cada trabajador, la cual puede ser semanal, quincenal o mensual. A continuación, se explican las distintas modalidades de pago y cómo afectan el derecho al salario durante los feriados:

Trabajadores con Modalidad de Pago Semanal

  • Feriados de Pago Obligatorio: Los trabajadores que reciben su salario de manera semanal tienen derecho a recibir un pago adicional sencillo por los feriados de pago obligatorio. Esto significa que, si hay un feriado obligatorio en la semana, el empleador deberá pagar, además del salario de los días laborados, un monto equivalente a un día extra.
  • Feriados No Obligatorios: Los feriados que no son de pago obligatorio no se remuneran si el trabajador no labora ese día. En caso de trabajar un feriado no obligatorio, el pago que debe reconocer el empleador será sencillo.
  • Trabajo en Feriados Obligatorios: Si el trabajador labora un feriado de pago obligatorio, deberá recibir un salario doble por ese día. Si además se realizan horas extras, estas se pagan a tiempo y medio doble, es decir, el pago final por cada hora extra será equivalente a tres veces el salario normal por hora.
  • Trabajo en Feriados No Obligatorios: Si el trabajador labora en un feriado no obligatorio, deberá recibir un pago sencillo adicional. Las horas extras se pagan a tiempo y medio, lo que implica un pago de 1.5 veces el salario normal por cada hora extra.

Trabajadores con Modalidad de Pago Mensual o Quincenal

  • Pago de Feriados: Para los trabajadores con pago mensual o quincenal, los feriados ya están incluidos en el salario regular. Esto significa que todos los días feriados (doce en total) se remuneran de manera obligatoria, sin necesidad de un pago adicional como en el caso de la modalidad semanal.
  • Trabajo en Feriados: Cuando un trabajador con pago mensual o quincenal labora un feriado, ya sea obligatorio o no obligatorio, el empleador debe pagar un monto adicional sencillo para completar el pago doble que establece la ley.
  • Horas Extras: Si se trabaja horas extras durante los feriados, estas deben ser remuneradas a tiempo y medio doble, lo que equivale a un pago triple por cada hora extra trabajada.

Conclusiones y Recomendaciones para los Trabajadores

Es importante que los trabajadores costarricenses conozcan sus derechos respecto al disfrute de los días feriados y su pago. Ningún empleador puede obligar a un trabajador a laborar en un feriado sin su consentimiento, ni tampoco puede reducir sus derechos salariales. El Código de Trabajo establece claramente que cualquier intento de renunciar a estos derechos es nulo y no tiene validez legal.

Además, conocer la modalidad de pago que se aplica en su lugar de trabajo permitirá a los trabajadores entender cómo se deben remunerar los feriados y qué compensaciones aplicarán en caso de laborarlos. Si tienes dudas sobre cómo se te deben pagar los feriados, siempre es recomendable buscar asesoría en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) o consultar a un abogado laboral.

El respeto por los derechos laborales contribuye a un ambiente de trabajo más justo y equitativo, asegurando que los trabajadores puedan disfrutar de sus feriados de manera plena y sin preocupaciones.

Autoría y fuentes consultadas

Fuentes

  • Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social. Sitio Web: mtss.go.cr – ACTUALIZACION DE LA CIRCULAR DE APLICACIÓN DE FERIADOS DEL AÑO 2024 – 8 de abril de 2024 – OFP-MTSS-DAJ-AER-369-2024 
  • Calendario 2024. Sitio Web: cuandoencostarica.com

Recopilación y edición

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Mayobanex Castro S

Ingeniero. Autodidacta y apasionado de la exploración creativa de medios informativos eficacez y confiables, coherentes con la intención de búsqueda de los internautas.

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